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NUEVO CONVENIO ENTRE TRÁNSITO Y LA AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL

Es por la cobranza de infracciones de radares en nuestra zona.

 

Al no crearse la figura del Juez Provincial de Faltas, las multas recaen sobre los jueces de las localidades donde los radares o los operativos de la APSV (Agencia Provincial de Seguridad Vial) realice.

La titular del Tribunal de Faltas de la municipalidad, la Dra. Julia Acosta aclaró de qué se trata: "Desde el año 2016 swiss replica watches teníamos un convenio por el cual recaían en los municipios y comunas las infracciones provinciales, al no existir el Juez Provincial de Faltas, lo debíamos hacer nosotros. El nuevo convenio básicamente en el sistema, nosotros antes, ante cada acta que se labraban cerca de nuestro radar, por ejemplo cerca del peaje de General Lagos o por ruta en lo que comprende Pueblo Esther hasta Fighiera, nos correspondía a nosotros hacer el procedimiento de faltas. Se citaba al infractor dentro de los 60 días a una audiencia, dictábamos resolución, cobrábamos o no. Se cae ese año. Nosotros pertenecemos a la Región 4, que comprende localidades desde San Lorenzo hasta Villa Constitución. En este caso, la falta dentro de esa región la juzga cada juez de jurisdicción por cercanía. Un ejemplo si es en General Lagos, vendrá hacia este juzgado. Los montos de las infracciones los estipula la APSV y no podemos modificarlos. Se usa un sistema donde ponemos el artículo de la falta y automáticamente aparece el monto a cobrar. Ese dinero va a una cuenta especial que tiene el municipio y donde la agencia se encarga de dividir lo que le corresponde a cada municipio o comuna. Va desde un 30 % en adelante. Si el trabajo se hace con personal de Tránsito Municipal es distinto el porcentaje, mayor por supuesto"

Arroyo al Día aprovechó la oportunidad en la conversación de preguntar sobre los vehículos que se podrían compactar: "Ayer mismo Barducci (Rodolfo, del área de Protección Civil y Tránsito) me mostró una lista que ya está aprobada. El procedimiento de compactación está completo, es decir, ya se citó a las partes, se acordó que no iban a retirar el bien, se hace una resolución, se envía al Ejecutivo, lo publica como Edicto en el Boletín Oficial del Poder Judicial. Es una normativa y hay que cumplirla. Es para que quede asentado el procedimiento. Se puede entrar en una página para enterarse on line. La página es www.santafe.gov.ar y van al sector edictos".

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