La Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP) determin贸
beneficios para productores de los distritos incluidos en la emergencia
agropecuaria, que prev茅 diferir vencimientos de obligaciones impositivas
hasta la finalizaci贸n del ciclo productivo siguiente al de estado de
emergencia.
La AFIP contempl贸 el diferimiento del vencimiento general de las
obligaciones impositivas de pago de las declaraciones juradas y/o
anticipos del impuesto a las ganancias, sobre los bienes personales, a
la ganancia m铆nima presunta y fondo para educaci贸n y promoci贸n
cooperativa hasta el fin del ciclo productivo siguiente a aquel en que
concluya el estado de emergencia o desastre agropecuario, se inform贸 en
la web de la AFIP.
En tanto, la norma indica que la fecha de finalizaci贸n del ciclo
productivo en la misma que la de fin de la emergencia y/o desastre, y la
normativa sobre diferimiento de los vencimientos establece que se
corren hasta que termine el ciclo productivo siguiente a aquel en que
concluya el estado de desastre agropecuario.
Los monotributistas alcanzados por la emergencia o desastre, cuando
acumulen ingresos por ventas que correspondan a dos ciclos productivos
anuales o liquidaran stocks de producci贸n por razones excepcionales,
podr谩n solicitar la aplicaci贸n de m茅todos de promediaci贸n de ingresos a
los fines de una categorizaci贸n que se ajuste a la real dimensi贸n de su
explotaci贸n.
Adem谩s, se suspenden el inicio de ejecuciones fiscales hasta el pr贸ximo
ciclo productivos posterior a la finalizaci贸n del la emergencia o
desastre agropecuario, las ejecuciones iniciadas se paralizan por igual
t茅rmino y hay suspensi贸n del t茅rmino corrido de prescripci贸n y caducidad
de instancia.
La determinaci贸n incluye a los distritos de Buenos Aires, C贸rdoba, Santa
Fe, La Pampa, R铆o Negro y Salta identificados por el Ministerio de
Agroindustria de la Naci贸n como en estado de emergencia agropecuaria,
seg煤n se enumer贸 en el Bolet铆n Oficial.
En el caso de Buenos Aires, la Resoluci贸n 11-E/2017 abarc贸 a las
explotaciones agropecuarias afectadas por incendios ocurridos desde
diciembre de 2016 a mediados de enero de 2017 y alcanza a Balcarce
(circunscripciones III y VI), Dorrego (III y VII), Rosales (VI, VIII y
X), Bah铆a Blanca (V, VII y XIII), Pu谩n (X), Saavedra (V), Tornquist
(III, IV, VIII y X), Tandil (I y X) y la totalidad de Patagones y
Villarino, por el plazo de seis meses a partir del 11 de enero de 2017.
Se determin贸 que el 10 de julio de 2017 es la fecha de finalizaci贸n del
ciclo productivo para las explotaciones afectadas de las 谩reas
declaradas en la emergencia agropecuaria y los bancos nacionales,
oficiales o mixtos y AFIP arbitrar谩n los medios para que los productores
gocen de los beneficios previstos en la Ley 26.509, mientras que
dispondr谩n de ese mismo r茅gimen tendr谩n La Pampa y R铆o Negro y Santa Fe,
con fecha l铆mite para el 27 y 30 de junio, respectivamente.
En Santa Fe se dispuso el estado de emergencia desde el 1 de enero hasta
el 30 de junio para las actividades agropecuarias afectadas por
precipitaciones, anegamientos temporarios y desbordes de arroyos y
cursos de agua en todo el territorio provincial, a excepci贸n del
Departamento 9 de julio.
Tambi茅n a trav茅s de la Resoluci贸n 5-E/2017 se declar贸 el estado de
desastre agropecuario en distritos pampeanos desde el 6 de enero de al
30 de junio de 2017, por incendios en los Departamentos Guatrach茅,
Hucal, Caleu-Caleu, Loventu茅, Utrac谩n, Lihuel-Calel, Chalileo,
Limay-Mahuida y Curac贸.
En el caso de R铆o Negro la emergencia abarca los Departamentos Pichi Mahuida, Avellaneda, General Conesa y Adolfo Alsina.
En tanto, para C贸rdoba se prorrog贸 el estado de emergencia y desastre
agropecuario hasta el 31 de marzo para las explotaciones agr铆colas,
ganaderas, tamberas y ap铆colas perjudicadas por el anegamiento de suelos
por lluvias extraordinarias.
La medida abarca las cuencas hidrogr谩ficas R铆o Carnero y Salsipuedes;
R铆o Jes煤s Mar铆a y R铆o Pinto; R铆o Totoral y Arroyo Macha; Corral de
Bustos y Arroyo del Pescadero; R铆o de los T谩rtagos y R铆o Seco y Sistema
R铆o Dulce, que fuera declarado por la Resoluci贸n 2016-353-E-APN-MA del 3
de noviembre de 2016.
En Salta los productores afectados por heladas tempranas y sequ铆a
contar谩n con el estado de emergencia desde el 1 de julio de 2016 al 30
de junio de 2017 a los productores de ma铆z, aj铆 y poroto de los
Departamentos de Rosario de la Frontera y La Candelaria.