El gobierno nacional envió al Congreso el proyecto de ley Reparación Histórica que prevé el pago de juicios a jubilados y pensionados. El pago se realizará en dos tramos: el 50 por ciento al contado y el resto dentro de tres años en cuotas trimestrales.
Los jubilados con juicio iniciado: se les pagará el 50% al contado y el resto en tres años en cuotas que serán ajustables. En estos casos, el monto reclamado tendrá una quita o tope porque se les reconocerá hasta 4 años del total de años reclamados.
Los jubilados que no iniciaron juicio: no se les reconocerá el retroactivo -como en los casos anteriores- porque no iniciaron el reclamo, pero se les reajustará hacia delante el haber si aceptan renunciar a un reclamo judicial.
LOS PLAZOS PARA PAGAR LA DEUDA A LOS JUBILADOS
Según la ley previsional las sentencias firmes deben pagarse en 120 días, pero eso no se está cumpliendo y en muchos casos son mal liquidadas, lo que obliga al jubilado a iniciar otro juicio. Quienes acepten esta oferta de pago, hacia delante, los haberes de esos jubilados serán ajustados o aumentados de acuerdo a los términos de la sentencia.
El Gobierno calcula que el proceso de normalización demandará 2 años por la cantidad de gente involucrada y que implicará, a valores actuales,unos $ 75.000 millones anuales en los próximos 5 años.
TRÁMITE PARA ADHERIRSE VOLUNTARIAMENTE A LA MEDIDA
1- La ANSES habilitará en la sección Mi ANSES, ingresando con Clave de la Seguridad Social, un acceso al programa voluntario.
2- Periódicamente, informará el grupo de beneficiarios habilitados para ingresar en la Propuesta privilegiando siempre a los de mayor edad y en función de las disponibilidades presupuestarias. Para el primer año alcanzará a mayores de 80 años.
3- El titular deberá tener un representante legal.
4- Una vez inscripto, la ANSES mostrará su posible nuevo haber y eventualmente retroactividades (si había iniciado juicio) y se le informarán al interesado estos montos.
5- Si el titular acepta, ambos (titular y apoderado) concurrirán a una delegación de la ANSES para registrar la firma del convenio.
6- El abogado del interesado irá, posteriormente, a la Justicia de la Seguridad Social a homologar judicialmente el convenio.
7- El Juzgado procede a la homologación y le informa a la ANSES y al titular.
8- La ANSES, luego de recibir la homologación, procede al cambio de haber y, si existen retroactivos, paga el 50% en el primer mes y luego 12 cuotas trimestrales.