De acuerdo con la Constitución Nacional no votar es considerada una falta electoral pasible de sanciones y/o multas. Aquellos electores que habiendo faltado a su deber de votar no regularizaron su situación pagando la multa correspondiente se verán sancionados no pudiendo realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la ciudad de Buenos Aires o municipales durante un año.