Continúa vigente la suspensión de reuniones familiares y con vínculos afectivos en el Departamento Rosario dispuesta por Decreto 648, y la prohibición a quienes residen en alguna localidad del mismo para participar de ellas fuera del citado Departamento.
En los casos en que dichas reuniones siguen permitidas en el resto del territorio provincial quienes participen de las mismas no podrán desplazarse a más de 30 kilómetros de distancia de su lugar de residencia, excepto que los desplazamientos sean dentro de los aglomerados urbanos Gran Santa Fe y Gran Rosario, debiendo tenerse en cuenta en éste último caso la restricción establecida por el Decreto 648 citado.